Origen de la inhabilitación administrativa
La Contraloría General de la República de Venezuela, organismo encargado del control y la fiscalización de la administración pública según el artículo 287 de la Constitución de 1999, ostenta la facultad de imponer sanciones administrativas a funcionarios públicos por irregularidades en el ejercicio del cargo. La Ley contra la Corrupción y la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República regulan estas sanciones, que pueden incluir multa, suspensión, destitución e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por periodos determinados.
El uso de la inhabilitación administrativa contra figuras políticas opositoras se intensificó a partir de 2008, cuando el contralor Clodosbaldo Russián inhabilitó al alcalde mayor Leopoldo López y a más de 250 candidatos opositores en lo que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos calificó posteriormente como práctica violatoria de los derechos políticos consagrados en la Convención Americana. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en sentencia del caso López Mendoza vs. Venezuela del 1 de septiembre de 2011, ordenó al Estado venezolano restituir los derechos políticos vulnerados y modificar la legislación habilitante.
María Corina Machado había sido inhabilitada previamente por un año en 2015 bajo cargos similares. La inhabilitación de quince años notificada el 30 de junio de 2023 fue formalmente fundamentada en supuestas inconsistencias en la declaración jurada de patrimonio durante su corto paso por la Asamblea Nacional como diputada electa por Miranda en 2010-2014, así como por su rol en la promoción de sanciones internacionales contra Venezuela. La decisión se tomó tres meses antes de las primarias opositoras del 22 de octubre.
El procedimiento expedito de los Acuerdos de Barbados
El Acuerdo Parcial sobre la Promoción de Derechos Políticos y Garantías Electorales firmado el 17 de octubre de 2023 contempló, en su sección sobre habilitación de candidaturas, la creación de un mecanismo expedito de revisión administrativa para los casos de inhabilitaciones. La cláusula fue redactada en términos generales: las partes reconocían el derecho de cada actor político a seleccionar libremente a su candidato y se comprometían a establecer un procedimiento de revisión que permitiera, eventualmente, levantar las restricciones que afectaran el ejercicio efectivo del derecho a ser elegido.
La Plataforma Unitaria interpretó la cláusula como compromiso de levantamiento efectivo de las inhabilitaciones, particularmente la de Machado tras su victoria en las primarias. El gobierno venezolano interpretó la cláusula como garantía meramente procedimental: las inhabilitaciones podrían ser revisadas por las instancias jurisdiccionales competentes —Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia—, sin compromiso sobre el resultado de fondo. La asimetría interpretativa fue explícita desde la firma.
El 26 de noviembre de 2023, María Corina Machado y sus apoderados presentaron ante la Sala Político Administrativa la solicitud formal de revisión administrativa de la sanción. El proceso se acompañó por un estudio jurídico amplio sobre violaciones al debido proceso, ausencia de pruebas materiales sobre los cargos imputados y violación a los estándares de la Corte Interamericana. La Sala Político Administrativa, integrada por magistrados nombrados durante el periodo 2015-2022 sin participación opositora, estaba presidida por el magistrado Malaquías Gil Rodríguez.
«El Acuerdo de Barbados ofreció procedimiento de revisión administrativa; el gobierno respondió con sentencia ratificatoria. La asimetría interpretativa cerró el cauce diplomático.»
La sentencia del 26 de enero de 2024
La Sala Político Administrativa publicó la sentencia número 1156 el 26 de enero de 2024. La decisión, de aproximadamente cuarenta páginas, ratificó la inhabilitación de quince años impuesta por la Contraloría General. Los argumentos centrales de la sentencia fueron: (1) la Contraloría había actuado dentro de sus competencias constitucionales y legales; (2) los cargos imputados se sostenían por documentación administrativa interna; (3) la sanción era proporcional a la gravedad de los incumplimientos; (4) el Acuerdo de Barbados no creaba una obligación de levantamiento automático sino sólo de revisión, la cual había sido ejecutada en los términos del expediente.
La sentencia no fue unánime: hubo voto salvado del magistrado Tania D'Amelio, parcialmente disidente sobre aspectos procesales. La fundamentación central de la mayoría descansó en la doctrina de la autonomía orgánica de la Contraloría y en la prevalencia de la legislación administrativa interna sobre cualquier interpretación supranacional de los derechos políticos. La sentencia evitó pronunciarse expresamente sobre los Acuerdos de Barbados como instrumento de política exterior, limitándose a su carácter de pacto político no autoejecutable.
María Corina Machado, en respuesta inmediata, declaró que la sentencia confirmaba la naturaleza política del proceso y reafirmó su compromiso con la candidatura unitaria. La Plataforma Unitaria reiteró su rechazo al fallo y anunció evaluación interna sobre alternativas. Vente Venezuela, partido de Machado, mantuvo posición de no aceptar la sentencia y de continuar la campaña con la expectativa de presión internacional sostenida.
Reacciones internacionales
La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, encabezada por Volker Türk, emitió comunicado en los días posteriores calificando la sentencia como contraria a los estándares internacionales y a las obligaciones del Estado venezolano bajo los tratados de derechos humanos suscritos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos retomó referencias a su jurisprudencia previa —caso López Mendoza— y a la inhabilitación administrativa como práctica incompatible con la Convención Americana.
El Parlamento Europeo, en resolución del 8 de febrero de 2024, condenó la decisión y exigió al gobierno venezolano cumplir con los compromisos firmados en Bridgetown. La Organización de Estados Americanos, bajo el secretario general Luis Almagro, emitió declaración similar. Brasil —bajo Lula da Silva—, Colombia —bajo Gustavo Petro— y México —bajo López Obrador— manifestaron preocupación pero adoptaron tono más cauto, evitando ruptura del cauce diplomático que habían apoyado.
El Departamento de Estado estadounidense, encabezado por Antony Blinken, calificó la sentencia como violación de los Acuerdos de Barbados y advirtió que la GL 44, vigente hasta el 18 de abril, sería evaluada de manera integral en función del cumplimiento agregado del marco. La Casa Blanca desplegó al consejero principal del Departamento de Estado para Asuntos del Hemisferio Occidental, Brian Nichols, en una serie de gestiones bilaterales con Caracas. Las gestiones no produjeron rectificación.
Reacción interna y movilización opositora
La Plataforma Unitaria optó por mantener la candidatura de María Corina Machado durante los primeros meses de 2024. La estrategia consistió en sostener la expectativa de habilitación efectiva mediante presión internacional acumulada, mientras se preparaba un eventual mecanismo de sustitución. La actividad de campaña de Machado se desarrolló en el interior del país durante febrero y marzo: giras por Vargas, Aragua, Carabobo, Lara, Falcón, Zulia, Táchira, Mérida, Trujillo, Bolívar y Anzoátegui registraron concentraciones masivas, frecuentemente con interferencia de organismos de seguridad del Estado.
La presión sobre las estructuras logísticas de Vente Venezuela y de la Plataforma Unitaria se intensificó. Detenciones contra miembros del comando de campaña —como Henry Alviarez, Dignora Hernández y Luis Camacaro— y allanamientos en sedes partidarias fueron reportados por Foro Penal y por la Misión Internacional de Determinación de los Hechos sobre Venezuela. La amenaza penal sobre la propia Machado bajo cargos de conspiración y traición a la patria se mantuvo latente durante todo el periodo.
La Conferencia Episcopal Venezolana, organizaciones de la sociedad civil —Provea, COFAVIC, Acceso a la Justicia, Espacio Público, Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos— y universidades autónomas emitieron declaraciones de respaldo a los derechos políticos de Machado. La unidad opositora se mantuvo inusualmente firme durante el periodo, en contraste con experiencias previas de fragmentación.
Implicaciones del incumplimiento
La ratificación judicial de la inhabilitación cerró el cauce previsto en los Acuerdos de Barbados para revisión administrativa. La Plataforma Unitaria mantuvo durante varios meses la candidatura de Machado como instrumento de presión política. El 25 de marzo de 2024 se cumplió el plazo del cronograma electoral comprimido convocado por el Consejo Nacional Electoral para inscripción de candidaturas. Machado intentó inscribirse y la inscripción no fue procesada por el sistema. El 26 de marzo, Vente Venezuela registró formalmente a Corina Yoris, profesora de filosofía y vicepresidenta del partido, como sustituta. La inscripción de Yoris tampoco fue procesada por el sistema del CNE.
Tras la inviabilidad operativa de inscribir a la candidata electa en primarias, la Plataforma Unitaria designó en abril de 2024 al diplomático Edmundo González Urrutia como candidato unitario. La aceptación de González por la coalición opositora consumó la sustitución sin renuncia formal de Machado, quien mantuvo el liderazgo público de la campaña con González como rostro electoral.
El 17 de abril de 2024, OFAC dejó vencer la GL 44 sin renovarla. Estados Unidos retomó el régimen de licencias específicas caso-por-caso. La inhabilitación ratificada el 26 de enero fue uno de los argumentos centrales del Departamento del Tesoro y del Departamento de Estado para justificar la decisión. El ciclo Barbados-GL 44 se cerró con la confirmación documentada de incumplimiento sistemático.
- ›Sentencia núm. 1156 · Sala Político Administrativa TSJ
- ›15 años · plazo de inhabilitación ratificado
- ›Acuerdo Parcial sobre Garantías Electorales · cláusula de revisión expedita incumplida
- ›OACNUDH, OEA, Parlamento Europeo, gobiernos garantes · condena pública
- ›26 mar 2024: intento fallido de inscripción de MCM y de Corina Yoris
- ›17 abr 2024: GL 44 venció sin renovación · cierre del ciclo Barbados