Antecedentes regulatorios
La Licencia General 41, emitida por OFAC el 26 de noviembre de 2022 durante la administración Biden, había autorizado a Chevron Corporation y a sus subsidiarias a continuar operaciones limitadas en Venezuela pese al régimen de sanciones consolidado durante el primer mandato Trump. La GL 41 permitía a Chevron exportar el crudo producido en sus joint ventures con PDVSA bajo dos condiciones: que el petróleo fuese embarcado únicamente hacia Estados Unidos, y que los pagos se canalizaran de modo que la PDVSA no recibiese ingresos directos en efectivo.
El instrumento configuró el primer puente regulatorio significativo después de cinco años de aislamiento. Su lógica articulaba dos objetivos: sostener un canal de producción operativa que evitase el colapso técnico irreversible de los yacimientos, y estructurar un incentivo verificable contra concesiones políticas del gobierno venezolano en el marco de los Acuerdos de Barbados de octubre de 2023. La Licencia General 44, emitida el 18 de octubre de 2023 con un alcance más amplio sobre el sector petrolero, complementó el esquema durante seis meses hasta su no renovación el 17 de abril de 2024.
Para el momento de la transición presidencial estadounidense del 20 de enero de 2025, Chevron operaba sus cuatro joint ventures en Venezuela —Petroboscán, Petroindependencia, Petroindependiente y Petropiar— produciendo cerca de 200.000 barriles diarios de los aproximadamente 850.000–900.000 barriles del país. La empresa, con sede en Houston, Texas, había mantenido la GL 41 como única vía de continuidad operativa significativa bajo régimen estadounidense.
El proceso de revocación
El 26 de febrero de 2025 la Casa Blanca anunció, mediante declaración del propio Donald J. Trump, la revocación de la GL 41. La fórmula utilizada por el presidente referenció el incumplimiento del gobierno de Maduro de los compromisos electorales de los Acuerdos de Barbados, la falta de publicación de actas oficiales del 28 de julio de 2024, la represión documentada y la negativa a recibir vuelos de repatriación de migrantes venezolanos. La declaración política activó el procedimiento técnico de OFAC.
El 4 de marzo de 2025, OFAC emitió formalmente la GL 41B, sustituyendo el instrumento anterior con un régimen de wind-down. El nuevo marco fijó un período de transición operativa breve —inicialmente 30 días, posteriormente extendido por etapas a finales de mayo de 2025— durante el cual Chevron debía cerrar contratos, repatriar personal estadounidense, liquidar inventarios y cesar nuevas operaciones. La estructura legal del wind-down permitió a la empresa cumplir compromisos contractuales preexistentes sin asumir nuevos.
OFAC complementó la revocación con guidance específico sobre sanciones secundarias. Cualquier transacción de terceros con PDVSA después del cierre del wind-down quedaría expuesta a sanciones bajo la sección 311 del Patriot Act y la Iran-Iraq Arms Non-Proliferation Act adaptada al contexto. El régimen secundario afectaba especialmente a operadores chinos, indios, europeos y de Singapur que recibían crudo venezolano por triangulación. La presión sobre tanqueros con petróleo sancionado, que se materializaría en incautaciones a finales de 2025, partió de este marco.
«El wind-down de Chevron es la primera pieza del engranaje de máxima presión 2.0. Activa el reloj operativo del aislamiento financiero de PDVSA.»
Marco jurídico y técnico
Las licencias generales de OFAC son instrumentos del régimen de sanciones administrado bajo la International Emergency Economic Powers Act (IEEPA) y la National Emergencies Act (NEA). La autoridad presidencial para emitir, modificar o revocar licencias generales reposa en estas leyes, complementada por executive orders específicas. El marco aplicable a Venezuela se sostiene desde la Executive Order 13692 de 2015 (administración Obama) y se ha ampliado mediante EO 13808 de 2017, EO 13827, EO 13835, EO 13850, EO 13857 y EO 13884 de la primera administración Trump.
La revocación de una licencia general no requiere notificación previa, audiencia pública ni proceso administrativo formal. Es una decisión discrecional del Secretario del Tesoro bajo delegación presidencial. El control de constitucionalidad por tribunales federales es limitado: la doctrina del Supreme Court en casos como Dames & Moore v. Regan (1981) ha sostenido amplia deferencia al Ejecutivo en materia de sanciones. La GL 41B es jurídicamente inatacable en sus términos básicos.
El régimen de sanciones secundarias activado por la revocación opera mediante listings: empresas o personas que mantengan transacciones con PDVSA después del cierre del wind-down pueden ser incluidas en la Specially Designated Nationals and Blocked Persons List (SDN), lo que las desconecta del sistema financiero estadounidense en general. Para empresas con exposición al mercado de Estados Unidos —banca europea, asiática, refinerías indias y chinas—, la inclusión en la lista SDN equivale al cierre operativo. Esta arquitectura es el motor real de la disuasión.
Impacto operativo
Para Chevron, la revocación implicó el cierre de operaciones progresivo durante el período de wind-down. La producción atribuible a la empresa cayó de cerca de 200.000 barriles diarios a niveles operativos mínimos para el cumplimiento de obligaciones contractuales preexistentes. La empresa repatrió personal estadounidense crítico, transfirió responsabilidad operativa local a personal venezolano y a contratistas, y mantuvo presencia residual para custodia de activos.
Para PDVSA, el impacto inmediato fue la pérdida de uno de sus canales de exportación verificable hacia Estados Unidos y el regreso a un esquema de exportación informal o triangulada hacia China, India y otros mercados receptivos a crudo descontado. La producción nacional se mantuvo en niveles similares a los pre-revocación, pero con márgenes operativos reducidos por descuentos sobre el precio Brent y mayores costos logísticos de evasión de sanciones. La incautación de tanqueros por la Marina estadounidense entre noviembre y diciembre de 2025 elevó esos costos.
Para el gobierno venezolano, la pérdida de ingresos directos asociados a la GL 41 (estimados entre USD 200 y USD 500 millones anuales en pagos cumplidos a contratistas y proveedores con cadena conectada al fisco) afectó márgenes presupuestarios pero no produjo el colapso económico inmediato. Las reservas internacionales venezolanas, ya en niveles bajos, se redujeron progresivamente. La inflación venezolana, parcialmente contenida en 2024 por dolarización informal, aceleró nuevamente en el segundo semestre de 2025.
- ›Wind-down inicial: 30 días, extendido por etapas a fines de mayo 2025
- ›Producción Chevron previa: ~200.000 b/d (de ~850.000 totales VEN)
- ›Activación de sanciones secundarias sobre triangulación
- ›Sanciones SDN como motor real de disuasión
Reacciones de actores clave
Chevron, mediante comunicado del 26 de febrero, expresó disposición de cumplir la nueva regulación y de proteger a su personal. La empresa, con presencia operativa en Venezuela desde 1923, no anunció abandono total de presencia legal en el país sino reorganización bajo la nueva regulación. La acción de Chevron en NYSE registró movimientos limitados, reflejando que el mercado había anticipado la decisión desde la juramentación de Trump.
El gobierno venezolano calificó la medida de «agresión económica» y anunció medidas para suplir los ingresos perdidos: refuerzo de canales de exportación a China e India, ampliación del régimen de pagos en yuanes y rublos, profundización de relaciones con Rusia, Irán y aliados regionales. Maduro convocó al alto mando económico y al directorio de PDVSA. Diosdado Cabello sostuvo declaraciones de resistencia. Vladimir Padrino López ratificó disposición militar.
En la oposición venezolana, María Corina Machado y Edmundo González Urrutia expresaron respaldo público a la medida como herramienta de presión y reiteraron su línea de exigir publicación íntegra de actas y reconocimiento del resultado del 28 de julio de 2024. La Plataforma Unitaria coordinó comunicación pública con Washington. Sectores empresariales venezolanos transmitieron, por canales privados, preocupación por el impacto económico inmediato pero sin pronunciamiento público que pudiese ser interpretado como validación del régimen de Maduro.
Reacciones internacionales
La Unión Europea, mediante el Alto Representante para Asuntos Exteriores, expresó comprensión sobre la decisión y articuló posición coordinada propia. España, mediante el ministro de Exteriores, planteó preocupación por impacto sobre suministro energético europeo y migración. Reino Unido, Países Bajos, Polonia y los Países Bálticos respaldaron la línea estadounidense. Italia coordinó con Washington medidas convergentes. La Comisión Europea revisó su propio régimen de sanciones sobre Venezuela y endureció medidas individuales sobre funcionarios.
China e India, principales receptores potenciales del crudo venezolano triangulado, recibieron la medida con cautela. Empresas chinas con activos en Estados Unidos mostraron preocupación por exposición a sanciones secundarias; refinerías indias —principalmente Reliance Industries y Nayara Energy— ajustaron prácticas de cumplimiento. La presión secundaria estadounidense sobre cadenas asiáticas se intensificó progresivamente durante 2025.
Brasil, Colombia y México mantuvieron posición pragmática. Lula da Silva expresó preferencia por una salida negociada y reiteró que sanciones generalizadas afectan a la población. Gustavo Petro, con relación deteriorada con Washington a partir de 2025 por desencuentros migratorios, se distanció parcialmente. Claudia Sheinbaum en México privilegió diplomacia silenciosa. Rusia, Cuba, Nicaragua e Irán condenaron la medida y articularon respaldo económico residual al régimen venezolano.
Significado e implicaciones
La revocación de la GL 41 entre febrero y marzo de 2025 fue el primer movimiento sustancial de la política venezolana del segundo mandato Trump. Marcó la transición operativa entre la doctrina Biden de incentivos negociados y la doctrina Trump de presión progresiva. El instrumento técnico —wind-down con sanciones secundarias activadas— se replicó posteriormente sobre otros operadores y configura el modelo aplicado al sector petrolero venezolano durante 2025.
Para Venezuela Primero, la revocación es uno de los marcadores cronológicos económicos centrales del ciclo. Junto con la designación del Cártel de los Soles consolidada operativamente, las operaciones SOUTHCOM iniciadas en septiembre y la incautación de tanqueros a fin de año, completa la arquitectura de presión que precede la Operación Absolute Resolve del 3 de enero de 2026. La cuarentena petrolera con venta supervisada anunciada como parte del plan tripartito Rubio el 7 de enero de 2026 cierra el ciclo iniciado por la revocación: del régimen de licencias bilaterales se pasa al régimen de administración estadounidense del inventario en transición.
Empresas como Repsol, Eni y otras europeas con licencias específicas paralelas a la GL 41 recibieron tratos diferenciados durante 2025; OFAC mantuvo procesos caso-por-caso con plazos variables. Para abril de 2026, ya iniciado el régimen de cuarentena petrolera bajo el plan tripartito, la mayoría de licencias específicas habían sido sustituidas por el nuevo marco. La revocación de Chevron es, retrospectivamente, el primer eslabón del proceso de reconfiguración integral del sector petrolero venezolano.